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Recuerda: Obligación de todos los autónomos a declarar IRPF

Recordatorio de nuestro departamento legal:

Los autónomos que estuvieran en alta durante el ejercicio 2023, estarán obligados a presentar declaración de la Renta con independencia de cual sea el importe de sus ingresos anuales por dicha actividad.

Hasta el pasado ejercicio 2022, aquellos autónomos que no alcanzasen los 1000 euros brutos en concepto de ingresos anuales no estaban obligados a presentar la declaración de la Renta.

El Real Decreto Ley 13/2022, modifica el artículo 96.1 de la Ley de IRPF, quedando redactado del siguiente modo: “En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

No obstante, lo anterior, estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar”.

Por lo tanto, todos aquellos trabajadores autónomos que, durante el presente año 2023 y siguientes, hayan estado de alta durante el ejercicio en curso, estarán obligados a presentar la declaración de la renta, con independencia de cuales sean sus ingresos, por reducidos que estos sean.

Aquellos contribuyentes que, estando obligados a presentar la declaración, no lo hayan hecho, pueden ser objeto de una sanción que alcanzaría hasta los 200 euros, así como aquellas cantidades que debiere ingresar el contribuyente más intereses, recargos, y sanción sobre el importe no ingresado.

 

Recuerda que si tienes dudas al respecto, en GM Integra RRHH podemos ayudarte: 93 872 69 44.

 

Canal de Denuncias obligatorio a partir del 1 de diciembre

Unas 27.000 empresas, según el Diario 5 días, están obligadas a partir de mañana a tener implementado un Canal de Denuncias, o como ha pasado a denominarse: Sistema de Información Interno.

Han sido meses los que se han dado de preaviso para que las empresas de más de 50 empleados pudieran tomar decisiones y lanzar la implantación del sistema que más se adecuara a cada compañía.

Ahora toca ver qué empresas han conseguido cumplir a tiempo con la norma y qué consecuencias reales tendrá el no haber llevado a cabo las gestiones pertinentes (recordemos que la sanción mínima por infracción leve será de 100.000 €).

Respecto de este tema conviene recordar que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social va adecuando sus acciones conforme se van regulando nuevos aspectos que tocan el ámbito laboral o empresarial: se han llevado a cabo durante los últimos dos años diferentes e intensas campañas de control de implantación de Plan de Igualdad y Registro Retributivo, y son muchas las empresas que hemos visto sancionadas por no haber dado cumplimiento de forma correcta al RD 902/2020.

También vivimos campañas de control (todos recordamos los envíos de cartas a las empresas) por parte de la ITSS cuando se aprobó la reforma del sistema de contratación laboral, por ejemplo, para verificar la correcta aplicación de la normativa en relación a los contratos Fijos Discontinuos.

Estos antecedentes han hecho que muchas empresas se hayan puesto las pilas en las últimas semanas para tener implantado su Sistema de Información Interno el día 1 de diciembre.

Recuerda que si tienes dudas sobre el Canal de Denuncias y su implantación, en GM Integra RRHH podemos ayudarte a ti o a tu cliente: 93 872 69 44.

 

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