Incapacidades Temporales causadas en el extranjero por trabajadores asegurados en nuestro país
Llega la época de vacaciones y es importante que tengamos clara la gestión de los procesos de IT que se han desencadenado cuando nuestros trabajadores se encuentran en el extranjero:
- Identificación de estos procesos en Ia versión 4.0 del Fichero INSSEMPRESAS (FIE). Los procesos de IT de trabajadores asegurados en España que inician un proceso de incapacidad temporal en el extranjero se informan en el nuevo campo Indicador de “IT Internacional”, cuyos valores ofrecen además información sobre la regulación aplicable según el país en el que se haya originado el proceso.
- Instrucciones de actuación en caso de IT internacional dirigidas tanto a las empresas como a los trabajadores. Esta documentación se encuentra disponible en la web de la Seguridad Social en el siguiente enlace: Seguridad Social: Información Útil (seg-social.es)
Instrucciones para las empresas: IT Internacional
Instrucciones para los empleados: IT Internacional
- Infovídeo explicativo, en el que se indican los pasos que debe seguir un trabajador que cause una IT en el extranjero, y que se encuentra disponible en la web de la Seguridad Social: Cómo gestionar una Incapacidad Temporal causada en el extranjero – Info Video – Seguridad Social (seg-social.es)
Autónomos: Regularización cotizaciones efectuadas en el RETA de acuerdo a los ingresos declarados correspondientes al 2024
Durante el segundo semestre del 2024, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procederá de oficio a realizar la regularización de las cotizaciones mensuales efectuadas por cada autónomo durante el año 2023, ello una vez éstos ya han declarado ante Hacienda el importe de los rendimientos netos obtenidos durante ese ejercicio.
A tener en cuenta:
- Si la base de cotización efectuada en el 2023, se encuentra entre la mínima y la máxima del tramo de rendimientos netos que definitivamente corresponde, no procede regularización alguna y la base de cotización es correcta.
- Si la base de cotización efectuada en el 2023, es inferior a la mínima del tramo de rendimientos netos que definitivamente corresponde, la base de cotización que se fijará como correcta será la mínima de ese tramo, debiendo el autónomo proceder al abono de esas diferencias de cotización generadas, ello en el plazo del último día del mes siguiente a aquel en que la TGSS le notifique el resultado de esa regularización, sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno si se abona en ese plazo.
- Si la base de cotización efectuada en el 2023, es superior a la máxima del tramo de rendimientos netos que definitivamente corresponde, la base de cotización que se fijará como correcta será la máxima de ese tramo, debiendo la TGSS proceder a devolver de oficio al autónomo la diferencia entre ambas cotizaciones, sin aplicación de interés alguno, ello antes del 31 de mayo del 2025. Si su alta en el RETA es anterior a 1/01/23, puede renunciar al cobro de estas diferencias y mantener la base de cotización superior que tenía.
Recordamos que se pueden realizar hasta 6 cambios anuales de la base de cotización (tramo), a los efectos de adecuar esa base a los rendimientos reales del año 2024.
Los plazos de solicitud de esos cambios son:
- a) 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
- b) 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
- c) 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
- d) 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
- e) 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- f) 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.