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Nuevos campos obligatorios a rellenar en la nueva versión de SILTRA

Desde el día 10 de enero, el Sistema Red Online obliga a incluir dos nuevos campos a la hora de tramitar las IT, campos que hasta ahora eran voluntarios.

Para facilitar su comunicación a las entidades receptoras, a la hora de tramitar, habrá que rellenar:

PUESTO DE TRABAJO: con contenido de, al menos, 4 caracteres (no se permiten sólo números y símbolos, en este caso, el sistema devolverá error 158)

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES: con contenido de, al menos, 15 caracteres (no se permiten sólo números y símbolos, en este caso, el sistema devolverá error 159)

A partir de esta versión de Siltra, 3.5.0. también llevará asociados estos nuevos campos de obligada cumplimentación para trabajadores por cuenta propia (RETA) que se podrán informar a través del propio trámite de “DE-Datos Económicos”.

 

 

Derogación del RD 7/2023 de 19 de diciembre

Nos referimos al RD 7/2023 de 19 de diciembre para medidas urgentes dirigidas a la trasposición de la directiva 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y profesionales y los cuidadores.

En concreto, quedan sin efecto:

La modificación de la Regulación Relativa al Permiso de Lactancia:

Al quedar sin efecto, la modificación del artículo 37.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, queda sin efecto la regulación dada
a dicho precepto, mediante la cual, se eliminaba, el requisito, conforme, en caso de que una trabajadora quisiera disfrutar de forma acumulada del permiso de lactancia, ello debiese acordarse en negociación colectivo o acuerdo individual.
Por lo tanto, por ahora, volverá a ser necesario, como requisito, para disfrutar de forma acumulada dicho permiso, el acuerdo individual o colectivo.

También se deja sin efecto la reforma del Subsidio de Desempleo:

Se mejoraba el importe del subsidio, pasando de los 480 euros actuales, a 570 euros los 6 primeros meses y 540 euros los 6 siguientes, pasando a ser de 480 euros tras el primer año. También queda sin efecto, la ampliación del acceso al mismo a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares.

 

De otra parte, sí queda ratificado el R-D L 8/2023 de 27/12/23.

 

Calendario presentación Mod.111 (4T)

Plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria

El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria va a depender del fin del plazo de presentación de cada modelo. Así, si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración. A continuación, se indican los plazos generales y de domiciliación bancaria para cada modelo, correspondientes al año 2024:

MODELO PLAZO DOMICILIACIÓN BANCARIA AÑO 2024 VENCIMIENTO PLAZO DE PRESENTACIÓN AÑO 2024
Modelos 111, 115117123124126128 y 216 Obligación trimestral

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre

  • 4T 23: 1 al 17 de enero
  • 1T 24: 1 al 17 de abril
  • 2T 24: 1 al 17 de julio
  • 3T 24: 1 al 16 de octubre
Obligación trimestral

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre

  • 4T 23: 1 al 22 de enero
  • 1T 24: 1 al 22 de abril
  • 2T 24: 1 al 22 de julio
  • 3T 24: 1 al 21 de octubre
Modelos 111115117123124126128216, 230 y 430 Obligación mensual

Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de cada mes para todos los meses, excepto:

  • Diciembre 23: 1 al 17 de enero
  • Marzo: 1 al 17 de abril
  • Mayo: 1 al 17 de junio
  • Junio: 1 al 17 de julio
  • Agosto: 1 al 17 de septiembre
  • Septiembre: 1 al 16 de octubre
  • Noviembre: 1 al 17 de diciembre

El mes de julio del modelo 430, hasta el 17 de septiembre

Obligación mensual

Con carácter general: presentación del 1 al 20 de cada mes, excepto:

  • Diciembre 23: 1 al 22 de enero
  • Marzo: 1 al 22 de abril
  • Junio: 1 al 22 de julio
  • Septiembre: 1 al 21 de octubre

El mes de julio del modelo 430, hasta el 20 de septiembre

 

Agencia Tributaria: Plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria

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